Braun Huerin

COMPROBANTES FISCALES

De acuerdo a la  publicación en el Diario Oficial de la Federación del día 12 de noviembre de 2021, misma que entrará en vigor el 01 de enero de 2022, mediante la cual se reforman diversas disposiciones fiscales, y con relación a los comprobantes fiscales digitales, se modifica el penúltimo párrafo del Articulo 29-A del Código Fiscal de la Federación, En el que se indica que; “Los comprobantes fiscales digitales por internet sólo podrán cancelarse en el ejercicio en que se expidan y siempre que la persona a favor de quién se expidan acepte su cancelación”.

Derivado de la regla, hasta el 2021, podrán cancelar las facturas que se hayan expedido en este año o de ejercicios anteriores, previa aceptación.

Considerando que el cierre fiscal 2021, por las fiestas decembrinas hay que evaluar el lapso de respuesta de la Autoridad para aceptar la cancelación. La fecha límite para realizar refacturaciones que estén dentro de los 30 días naturales de la fecha de facturación, recomendamos sea hasta el 23 de diciembre de 2021. 

Cabe señalar que al día de hoy la autoridad no ha emitido reglas generales que indique que en el mes de enero 2022 se puedan cancelar CFDI´s de 2021, y del cual no permita disminuir ingresos y que afecte a la presentación de la declaración anual que se presenta en el mes de marzo de 2022.

En caso de duda o aclaración, favor de contactar a: [email protected] 

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