Braun Huerin

La declaración anual es una obligación fiscal que deben cumplir las personas físicas que hayan obtenido ingresos en 2021 por Sueldos y Salarios, Asimilados a salarios, Honorarios, Arrendamiento, Actividades empresariales, Enajenación de bienes, Enajenación de acciones en bolsa de valores, Intereses, Premios, Dividendos y Demás Ingresos, la cual debe de presentarse en el mes de abril de 2022, también estarán obligadas a presentar declaración anual:

  1. Cuando se obtengan ingresos distintos de los señalados.
  2. Cuando hubieran comunicado por escrito al retenedor que presentarán su declaración anual.
  3. Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre o cuando se hubiesen prestado servicios a 2 o más empleadores en forma simultánea.
  4. Cuando se perciban ingresos del extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones.
  5. Los Asalariados cuando obtengan ingresos superiores a 400, 000.00

Es indispensable contar con:

  • CFDI de los ingresos obtenidos y cobrados
  • CFDI de Nomina, (nosotros conciliamos con la información del SAT),
  • Contraseña (clave del SAT)
  • Firma Electrónica, archivos .cer y .key y contraseña
  • CLABE Bancaria y nombre del banco.

 En caso de tener saldo a favor se realiza el trámite correspondiente.

DEPOSITOS

Es importante que se informe si obtuviste ingresos por:

  • Premios
  • Prestamos recibidos, tanto bancarios como personales.
  • Donativos recibidos.
  • Herencia y Legados recibidos
  • Venta de Casa Habitación (enviar cálculo del notario)

DEMAS INGRESOS

  • Ingresos del Extranjero por Intereses, Dividendos u otros, estos ingresos van a agregarse como ingresos obtenidos del extranjero incluyendo la ganancia cambiaria obtenida.
  • Ingresos en Copropiedad
  • Ingresos en Fideicomisos
  • Ingresos por Regalías
  • Planes personales de Retiro

DEDUCCIONES

Los gastos personales que podrás deducir como persona física son:

COLEGIATURAS

De conformidad con el decreto de beneficios fiscales publicado en el DOF desde el 26 de diciembre de 2013, se permite deducir los pagos de colegiaturas de los niveles de preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los siguientes montos como máximo:

REQUISITOS DE LAS DEDUCCIONES 

Es importante mencionar que:

  • El pago de estas deducciones se requiere sea realizado mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios.
  • La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo.
  • Para el caso de las colegiaturas la factura deberá de contener

Nombre y CURP del alumno 

Nivel educativo

 

  • El monto máximo a deducir de los anteriores, es de 5 UMAS elevadas al año alrededor de 163,556.50 o el 15% del total de los ingresos el que sea menor.

Contribuyentes relevados de la obligación de presentar declaración anual del ISR.

De acuerdo con la regla 3.17.11 personas físicas no estarán obligadas a presentar su declaración anual del ISR del ejercicio 2021 siempre que en dicho ejercicio fiscal se ubiquen en los siguientes supuestos:

  1. Hayan obtenido ingresos exclusivamente por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado de un solo empleador, siempre que no exista ISR a cargo del contribuyente en la declaración anual.
  2. En su caso, hayan obtenido ingresos por intereses nominales que no haya excedido de $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 M.N.), en el año que provengan de instituciones que componen el sistema financiero y,
  3. El empleador haya emitido el CFDI por concepto de nómina respecto de la totalidad de los ingresos a que se refiere la fracción I de esta regla.

No obstante, recuerda que la opción será aplicable siempre que no exista impuesto a cargo en la declaración anual, es recomendable presentar la declaración.

CONCLUSIÓN

Recomendamos cumplir con las obligaciones fiscales contemplando la información de los ingresos obtenidos, deducciones autorizadas, deducciones personales y retenciones; antes mencionadas.

La fecha máxima para envió es el 30 de abril a través de la plataforma de presentación de la declaración anual de Impuesto sobre la Renta del ejercicio para personas físicas del portal del SAT.

Las sanciones por parte de la autoridad tributaria van desde 12 mil 640 pesos hasta 34 mil 730 pesos. Además, las personas que no cumplan con el plazo para presentar su declaración fiscal, incurrirán en un delito de fraude fiscal, por lo que es de suma importancia la presentación correcta y oportuna de la declaración.

 

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