Braun Huerin

¿Quiénes deben presentarla?

En abril declaran las personas físicas que obtuvieron ingresos por:

  • Sueldos y Salarios
    1. De un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.
    2. Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.
    3. Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
    4. Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
    5. Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
    6. Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.
  • Servicios profesionales, aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.
  • Actividades empresariales, incluyendo:
    1. Plataformas tecnológicas.
    2. Actividades empresariales en la región fronteriza.
    3. Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.
    4. Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
  • Cobrar rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).
  • Reciben intereses o dividendos.
  • Enajenaron bienes, si vendieron algún bien.
  • Adquisición de bienes, si compraron algún bien.
 

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