Braun Huerin

BOLETÍN INFORMATIVO

Por medio de la presente, hacemos de su conocimiento que el día 07 de junio del año 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposisciones de la Ley del Seguro Social, en materia de herramientas digitales para trámites, en donde se habilita el Buzón IMSS, cuyos lineamientos de carácter general fueron publicados mediante acuerdo de fecha 05 de agosto del año en curso.

¿Qué es el buzón IMSS?

Es el sistema de comunicación electrónico implementado y administrado por el Instituto Mexicano del Seguro Social, a través del cual se podrán realizar notificaciones de cualquier acto, requerimiento o resolución administrativa que la autoridad emita en documentos digitales, asi como informar sobre aspectos de interés, presentar promociones, solicitudes, avisos o dar cumplimiento a sus obligaciones y requerimientos efectuados por el Instituto de forma digital, así como realizar consultas sobre su situación fiscal y administrativa ante el Instituto.

¿A quién está dirigido?

Derechohabientes, patrones, sujetos obligados, contadores públicos, contadores públicos autorizados, responsables solidarios, terceros relacionados, sean personas físicas o morales y representantes legales que realicen actuaciones ante el Instituto o sean destinatarios de actos o resoluciones administrativas.

Trámites que se podrán realizar a través del Buzón IMSS:

  • Administración y actualización de medios de contacto.
  • Calendario de eventos.
  • Consulta de normatividad en materia de seguridad social.
  • Consulta y descarga de documentos digitales.
  • Aclaraciones y orientaciones.
  • Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializadas (ICSOE).
  • Fiscalización electrónica.
  • Clasificación de empresas y vigencia de derechos.

 Para llevar a cabo la activación del buzón, se requiere de la siguiente información:

  • Firma Electrónica Avanzada (FIEL).
  • Correo electrónico.
  • Telefono celular a 10 dígitos.

Fecha límite para realizar la activación del buzón IMSS.

A mas tardar el 01 de febrero del año 2025, en caso de no realizarlo el Instituto podrá efectuar sus notificaciones por medio de estrados, de conformidad con la fraccion III del artículo 134 del código fiscal de la federación.

Conclusión:

Consideramos importante realizar la activación del buzón IMSS, ya que facilta la comunicación entre los particulares y el Instituto Mexicano del Seguro social, así como la consulta y descarga de diversos documentos digitales.

En Braun Huerin contamos con el personal capacitado para brindarle asesoría personalizada respecto a la activación del Buzón IMSS, en cumplimiento con los lineamientos establecidos por el Instituto Mexicano del Seguro social.

Fundamento Legal.

Artículo 5-A fracción XXIII y XXIV de la Ley del Seguro Social.

Artículo 286 L y 286 M de la Ley del seguro social.

Arículo 134 F-III del Código Fiscal de la federación.

Cualquier duda, estamos para atenderles.  

Para mayor información, lee el boletín completo aquí:

https://braunhuerin.com.mx/wp-content/uploads/2024/10/BOLETIN-INFORMATIVO-BUZON-IMSS-BRAUN-HUERIN.pdf

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